Trámite 6- Inscripción De Entidad Financiera De Vivienda

La Entidad Financiera de Vivienda, es una Sociedad que tiene por objeto prestar Servicios de Intermediación Financiera con especialización en préstamos para adquisición de vivienda; proyectos de construcción de vivienda unifamiliar o multifamiliar; compra de terrenos; refacción, remodelación, ampliación y mejoramiento de viviendas individuales o en propiedad horizontal y otorgamiento de microcrédito para vivienda familiar y para infraestructura de vivienda productiva, así como también operaciones de arrendamiento financiero habitacional.

D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio:

Artículo 127

Ley No. 393 de 21 de agosto de 2013, Ley de Servicios Financieros:

Artículos 117, 118, 119 y 151

20 días hábiles administrativos, a partir del día siguiente desde la confirmación de la disponibilidad del nombre.

REQUISITOS TRÁMITE PRESENCIAL

  1. Formulario Virtual de Inscripción con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
  2. Al momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF la autorización correspondiente emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI.
  3. Testimonio de Escritura Pública de Constitución Social, en original o fotocopia legalizada legible, con la inserción del Acta de Fundación de la Sociedad que contenga la Resolución de Aprobación de Estatutos y designación del Directorio provisional.
  4. Estatuto de la Sociedad, el mismo que puede ser insertado en la Escritura Pública de Constitución Social o instrumentalizado por separado mediante Testimonio Notarial en original o fotocopia legalizada.
  5. Testimonio de Escritura Pública de Poder del Representante Legal original o fotocopia legalizada legible, para el caso en el que la Escritura Pública de Constitución Social no determine el nombramiento del mismo. No se requiere la inclusión del Acta de Junta. Si el Representante Legal es extranjero, al momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF el documento que acredite la radicatoria en el país o la certificación extendida por la Autoridad Migratoria Nacional.
  6. Realizar el pago correspondiente del trámite y la Publicación in extenso del Testimonio de Escritura Pública de Constitución en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio, a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto

 

REQUISITOS TRÁMITE VIRTUAL

  1. Formulario Virtual de Inscripción con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
  2. Al momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF la autorización de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.
  3. Obtener el Testimonio de Escritura Pública de Constitución Social en formato PDF, con firma digital del Notario de Fe Pública del SINPLU, con la inserción del Acta de Fundación de la Sociedad que contenga la resolución de aprobación de estatutos y designación del directorio provisional.
  4. Obtener el Estatuto de la Sociedad en formato PDF con firma digital del Notario de Fe Pública del SINPLU, el mismo puede ser insertado en la Escritura Pública de Constitución Social o instrumentalizado por separado mediante Testimonio Notarial.
  5. Obtener el Testimonio de Escritura Pública de Poder del Representante Legal, en formato PDF con firma digital del Notario de Fe Pública del SINPLU, cuando el Testimonio de Escritura Pública de Constitución Social no determine el nombramiento del mismo. No se requiere la inclusión del Acta de Junta. Si el Representante Legal es extranjero, al momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF el documento que acredite la radicatoria en el país o la certificación extendida por la Autoridad Migratoria Nacional.
  6. Realizar el pago correspondiente del trámite y la Publicación in extenso del Testimonio de Escritura Pública de Constitución en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio, a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto

PROCEDIMIENTO TRÁMITE PRESENCIAL

Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital.

Llenar el formulario virtual para realizar el control de homonimia a cargo del SEPREC. Una vez llenado, deberá proceder al pago del trámite de inscripción de sociedad comercial conforme el costo establecido en la Guía de Trámites del Registro de Comercio.

En el plazo máximo de 8 horas hábiles administrativas a partir del pago:

> Si el nombre se encuentra disponible, recibirá un correo para continuar con el llenado del formulario virtual de solicitud de inscripción, a partir de esta acción el nombre quedará reservado. Posteriormente debe presentar la documentación correspondiente en físico en cualquiera de las plataformas del SEPREC a nivel nacional.

Tomar en cuenta que debe consolidar el ingreso del trámite en el plazo de reserva establecido, caso contrario expira la reserva y deberá iniciar el control de homonimia nuevamente, sin necesidad de realizar un nuevo pago por el trámite de inscripción de sociedad comercial.

-> Si el nombre no se encuentre disponible, podrá revisar la observación en su bandeja de ciudadanía digital, para llenar nuevamente el formulario virtual con un nuevo nombre propuesto.

Realizado el control de homonimia, debe llenar todos los campos restantes del Formulario Virtual de Inscripción incluyendo el cargado del/los documentos de soporte en formato PDF y el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida, se debe presentar el mismo documento cargado en PDF.

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se inscribe el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.

Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:

  • Cargar en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública, subsanado mediante nota marginal.
  • Cargar en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública de aclarativa, complementación o modificación al Testimonio observado, realizar el pago por su publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio
  • Cargar en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública que subsane lo observado.

En todos los casos deberá presentar la documentación en físico en Plataforma.

 

Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea y posteriormente apersonarse por plataforma para su reingreso o solicitarlo mediante la línea gratuita de atención al usuario del SEPREC.

Posteriormente se procederá al análisis legal para su inscripción u observación según corresponda.

El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.

 

PROCEDIMIENTO TRÁMITE VIRTUAL

Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital .

Llenar el formulario virtual para realizar el control de homonimia a cargo del SEPREC. Una vez llenado, deberá proceder al pago del trámite de inscripción de sociedad comercial conforme el costo establecido en la Guía de Trámites del Registro de Comercio.

En el plazo máximo de 8 horas hábiles administrativas a partir del pago:

> Si el nombre se encuentra disponible, recibirá un correo para continuar con el llenado del formulario virtual de solicitud de inscripción, a partir de esta acción el nombre quedará reservado. Posteriormente debe presentar la documentación correspondiente en físico en cualquiera de las plataformas del SEPREC a nivel nacional.

Tomar en cuenta que debe consolidar el ingreso del trámite en el plazo de reserva establecido, caso contrario expira la reserva y deberá iniciar el control de homonimia nuevamente, sin necesidad de realizar un nuevo pago por el trámite de inscripción de sociedad comercial.

-> Si el nombre no se encuentra disponible, podrá revisar la observación en su bandeja de ciudadanía digital, para llenar nuevamente el formulario virtual con un nuevo nombre propuesto.

Realizado el control de homonimia, debe llenar todos los campos del Formulario Virtual de Inscripción y obtener el/los documentos de soporte del SINPLU, según corresponda.

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se inscribe el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.

Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:

  • Obtener en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública con firma digital del Notario de Fe Pública, subsanado mediante nota marginal.
  • Obtener en formato PDF en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública de aclarativa, complementación o modificación con firma digital del Notario de Fe Pública, al Testimonio observado, realizar el pago por su publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio
  • Obtener en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública con firma digital del Notario de Fe Pública, que subsane lo observado.

Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea para su reingreso.

Posteriormente se procederá al análisis legal para su inscripción u observación según corresponda.

El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.

Certificado de Matrícula de Comercio

Certificado de Registro de Testimonio de Constitución

Certificado de Registro de Testimonio de Poder

En caso que los Estatutos consten en un instrumento separado al de la constitución se extenderá el Certificado de Registro de Estatutos (Todos con código de validación QR)

Presencial: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.

Virtual: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha desde el llenado del formulario virtual de inscripción.

Entidad Financiera de Vivienda (EFV):

Bs584,50 (Quinientos ochenta y cuatro 50/100 bolivianos).

Publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio:

Bs192,00 (Ciento noventa y dos 00/100 bolivianos).