SEPREC RECUERDA A EMPRESAS INDUSTRIALES, DE CONSTRUCCIÓN Y PETROLERAS RENOVAR SU MATRÍCULA DE COMERCIO HASTA EL 31 DE AGOSTO

(Prensa Seprec, 20.08.25) – El Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (Seprec), entidad bajo la tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, recuerda a las empresas que desarrollan actividades en los sectores Industrial, de Construcción y Petrolero que el plazo para la renovación anual de la Matrícula de Comercio vence el próximo 31 de agosto de 2025.

Se enfatiza la importancia de que tanto las sociedades comerciales como las empresas unipersonales cumplan con este trámite de manera oportuna. La renovación permite a las unidades económicas mantener su habilitación legal para operar, así como actualizar información esencial, como domicilio legal, número de teléfono celular y correo electrónico.

Asimismo, se recuerda que, como parte del proceso de renovación, las empresas deben llenar la Encuesta Anual de Unidades Económicas, instrumento fundamental para generar estadísticas empresariales actualizadas y fortalecer la planificación y formulación de políticas públicas orientadas al desarrollo productivo del país.

El Seprec advierte que aquellas empresas que no cumplan con el plazo establecido serán depuradas de la base empresarial, además de quedar sujetas a procesos de fiscalización por parte de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP), en el marco de las disposiciones legales vigentes.

Los requisitos y el procedimiento para realizar el Trámite Nº 10 «Renovación de Matrícula» están disponibles en el portal web oficial del Seprec: https://www.seprec.gob.bo/index.php/tramite10/

Renovar la Matrícula de Comercio no solo constituye una obligación legal, sino que es un elemento clave para la formalización y legitimidad empresarial. Esta renovación anual garantiza que las empresas puedan acceder a oportunidades comerciales, como licitaciones públicas, contratos con entidades estatales y privadas, además de opciones de financiamiento y respaldo institucional.

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