Trámite 9- Inscripción De Sociedad Constituida En El Extranjero

La Sociedad Constituida en el Extranjero puede realizar actos de comercio habitualmente en el Estado Plurinacional de Bolivia, como sucursal o representación permanente.

D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio:

Artículos 413, 416, 417 y 418

Ley No. 393 de 21 de agosto de 2013, Ley de Servicios Financieros:

Artículos 117, 118, 119 y 151

REQUISITOS TRÁMITE PRESENCIAL

  1. Formulario Virtual de Inscripción con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
  2. Testimonio de Escritura Pública de Apertura de Sucursal o Representación Permanente de Sociedad Constituida en el Extranjero en original o fotocopia legalizada legible, que contenga la minuta debidamente suscrita por el Representante Legal facultado al efecto y la respectiva protocolización notarial, del contrato constitutivo de la Sociedad, sus modificaciones, estatutos y reglamentos que acrediten su existencia legal en el país de origen, así como la autorización legal o resolución del órgano administrativo competente de la sociedad para establecer la Apertura de Sucursal o Representación Permanente de Sociedad Constituida en el Extranjero, estableciendo el capital asignado en moneda nacional, designación del Representante Legal y domicilio en un lugar del territorio del Estado.
  3. Testimonio de Escritura Pública de Poder del Representante Legal original o fotocopia legalizada legible, para el caso en el que la Escritura Pública de Apertura de Sucursal o Representación Permanente de Sociedad Constituida en el Extranjero no determine el nombramiento del mismo. Si el Representante Legal es extranjero, al momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF el documento que acredite la radicatoria en el país o la certificación extendida por la Autoridad Migratoria Nacional.
  4. Realizar el pago correspondiente del trámite y la Publicación in extenso del Testimonio de Escritura Pública de Constitución en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio, a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.

 

REQUISITOS TRÁMITE VIRTUAL

  1. Formulario Virtual de Inscripción con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
  2. Obtener el Testimonio de Escritura Pública de Apertura de Sucursal o Representación Permanente de Sociedad Constituida en el Extranjero en formato PDF, con firma digital del Notario de Fe Pública del SINPLU, que contenga la minuta debidamente suscrita por el Representante Legal facultado al efecto y la respectiva protocolización notarial, del contrato constitutivo de la Sociedad, sus modificaciones, estatutos y reglamentos que acrediten su existencia legal en el país de origen, así como la autorización legal o resolución del órgano administrativo competente de la sociedad para establecer la Apertura de Sucursal o Representación Permanente de Sociedad Constituida en el Extranjero, estableciendo el capital asignado en moneda nacional, designación del Representante Legal y domicilio en un lugar del territorio del Estado.
  3. Obtener el Testimonio de Escritura Pública de Poder del Representante Legal en formato PDF, con firma digital del Notario de Fe Pública, para el caso en el que el Testimonio de Escritura Pública de Apertura de Sucursal o Representación Permanente de Sociedad Constituida en el Extranjero no determine el nombramiento del mismo. Si el Representante Legal es extranjero, al momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF el documento que acredite la radicatoria en el país o la certificación extendida por la Autoridad Migratoria Nacional.

Realizar el pago correspondiente del trámite y la Publicación in extenso del Testimonio de Escritura Pública de Constitución en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio, a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.

PROCEDIMIENTO TRÁMITE PRESENCIAL

Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital.

Debe llenar todos los campos restantes del Formulario Virtual de Inscripción incluyendo el cargado del/los documentos de soporte en formato PDF y el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida, se debe presentar el mismo documento cargado en PDF.

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se inscribe el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.

Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:

  • Cargar en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública, subsanado mediante nota marginal.
  • Cargar en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública de aclarativa, complementación o modificación al Testimonio observado, realizar el pago por su publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio
  • Cargar en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública que subsane lo observado.

En todos los casos deberá presentar la documentación en físico en Plataforma.

 

Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea y posteriormente apersonarse por plataforma para su reingreso o solicitarlo mediante la línea gratuita de atención al usuario del SEPREC.

Posteriormente se procederá al análisis legal para su inscripción u observación según corresponda.

El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.

 

PROCEDIMIENTO TRÁMITE VIRTUAL

Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital .

Llenar el formulario virtual para realizar el control de homonimia a cargo del SEPREC. Una vez llenado, deberá proceder al pago del trámite de inscripción de sociedad comercial conforme el costo establecido en la Guía de Trámites del Registro de Comercio.

En el plazo máximo de 8 horas hábiles administrativas a partir del pago:

> Si el nombre se encuentra disponible, recibirá un correo para continuar con el llenado del formulario virtual de solicitud de inscripción, a partir de esta acción el nombre quedará reservado. Posteriormente debe presentar la documentación correspondiente en físico en cualquiera de las plataformas del SEPREC a nivel nacional.

Tomar en cuenta que debe consolidar el ingreso del trámite en el plazo de reserva establecido, caso contrario expira la reserva y deberá iniciar el control de homonimia nuevamente, sin necesidad de realizar un nuevo pago por el trámite de inscripción de sociedad comercial.

-> Si el nombre no se encuentra disponible, podrá revisar la observación en su bandeja de ciudadanía digital, para llenar nuevamente el formulario virtual con un nuevo nombre propuesto.

Realizado el control de homonimia, debe llenar todos los campos del Formulario Virtual de Inscripción y obtener el/los documentos de soporte del SINPLU, según corresponda.

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se inscribe el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.

Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:

  • Obtener en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública con firma digital del Notario de Fe Pública, subsanado mediante nota marginal.
  • Obtener en formato PDF en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública de aclarativa, complementación o modificación con firma digital del Notario de Fe Pública, al Testimonio observado, realizar el pago por su publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio
  • Obtener en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública con firma digital del Notario de Fe Pública, que subsane lo observado.

Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea para su reingreso.

Posteriormente se procederá al análisis legal para su inscripción u observación según corresponda.

El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.

Certificado de Matrícula de Comercio

Certificado de Registro de Testimonio de Apertura de Sucursal o Representación Permanente de Sociedad Constituida en el Extranjero

Certificado de Registro de Testimonio de Poder

(Todos con código de validación QR).

Presencial: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.

Virtual: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha desde el llenado del formulario virtual de inscripción.

Sociedad Constituida en el Extranjero:

Bs584,50 (Quinientos ochenta y cuatro 50/100 bolivianos).

Publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio:

Bs192,00 (Ciento noventa y dos 00/100 bolivianos).