Trámite 7- Inscripción de Empresa Estatal
La Empresa Estatal – EE, cuyo patrimonio pertenece en un 100% (cien por ciento) al Nivel Central del Estado.
D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio:
Artículo 127
Ley No. 466 de fecha 26 de diciembre de 2013, Ley de la Empresa Pública
Ley No. 393 de 21 de agosto de 2013, Ley de Servicios Financieros:
Artículos 117, 118, 119 y 151
- Formulario Virtual de Inscripción con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
- Al momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF la Resolución Suprema de designación de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Empresa o Testimonio de Poder del Representante Legal que contenga el Acta de su nombramiento, o nombramiento emitido en caso de interinatos.
- Al momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF el ejemplar de la Gaceta Oficial en la que se haya publicado la norma jurídica de creación o aprobación de creación de la empresa.
- Estatutos de la empresa evaluados favorablemente por el COSEEP, en el marco de la Ley No. 466.
- Realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto, para la publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio del Estatuto Orgánico o documento.
Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital.
Llenar el Formulario Virtual de Inscripción incluyendo el cargado del/los documentos de soporte en formato PDF y el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida, se debe presentar el mismo documento cargado en PDF.
Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se inscribe el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.
Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:
- Cargar en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública, subsanado mediante nota marginal.
- Cargar en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública de aclarativa, complementación o modificación al Testimonio observado, realizar el pago por su publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio
- Cargar en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública que subsane lo observado.
En todos los casos deberá presentar la documentación en físico en Plataforma.
Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea y posteriormente apersonarse por plataforma para su reingreso o solicitarlo mediante la línea gratuita de atención al usuario del SEPREC.
Posteriormente se procederá al análisis legal para su inscripción u observación según corresponda.
El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.
Certificado de Matrícula de Comercio
Certificado de Registro de Estatutos
Certificado de Registro de Testimonio de Poder (Todos con código de validación QR).
24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.
Empresa Estatal:
Bs584,50 (Quinientos ochenta y cuatro 50/100 bolivianos).
Publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio:
Bs192,00 (Ciento noventa y dos 00/100 bolivianos).