Trámite 62- Inscripción de Empresa Pública Departamental Mixta, Empresa Pública Municipal Mixta
EMPRESA PÚBLICA DEPARTAMENTAL MIXTA – (EPDM): Cuyo patrimonio está constituido por aportes del Gobierno Departamental mínimo del 51% y aportes de empresas privadas, también podrán participar como otro socio las Entidades Territoriales Autónomas – ETAs.
EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL MIXTA – (EPMM): Cuyo patrimonio está constituido por aportes del Gobierno Municipal mínimo del 51% y aportes de empresas privadas, también podrán participar como otro socio las Entidades Territoriales Autónomas – ETAs.
Ley N° 779 de 21 de enero de 2016 – Ley de Desburocratización para la Creación y Funcionamiento de Unidades Económicas. Artículo 3, Inciso e).
D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio
Ley No. 466 de fecha 26 de diciembre de 2013, Ley de la Empresa Pública
Ley No. 393 de 21 de agosto de 2013, Ley de Servicios Financieros:
Artículos 117, 118, 119 y 151
Ley N° 1080 de 11 de julio de 2018- Ley de Ciudadanía Digital.
Artículos 1 y 4
D.S. N° 4596 de 06 de octubre de 2021.
Artículo 6, Inciso I)
REQUISITOS TRÁMITE PRESENCIAL – ÚNICO
- Nota dirigida a la MAE del SEPREC, adjuntando la exposición de motivos y proyecto de ley departamental/municipal.
- Formulario Virtual de Inscripción con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal (Máxima Autoridad Ejecutiva de la Empresa) con aprobación vía ciudadanía digital.
- A momento de llenar el Formulario Virtual de Inscripción, cargar en formato PDF los siguientes documentos:
- Resolución de designación de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Empresa o Testimonio de Poder en favor del Representante Legal.
- Ejemplar de la Ley referente a la creación o aprobación de la empresa.
- Testimonio de Escritura Pública de Constitución Social y Estatutos protocolizada ante Notaría de Gobierno.
- Testimonio de Escritura Pública de Constitución Social y Estatutos protocolizada ante Notaría de Gobierno en original o fotocopia legalizada legible.
- Resolución de designación de la Máxima Autoridad Ejecutiva en original o fotocopia legalizada o Testimonio de Poder en favor del Representante Legal protocolizada ante Notaría de Gobierno en original o fotocopia legalizada legible.
- Realizar el pago a través de la plataforma habilitada al efecto, correspondientes al trámite y a la Publicación de los documentos citados en el punto 4, en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio.
PROCEDIMIENTO PRESENCIAL – ÚNICO
Presentada la Nota dirigida a la MAE del SEPREC, adjuntando la exposición de motivos y proyecto de ley departamental/municipal, esta será revisada en el plazo de 5 días hábiles y con la respuesta a la nota referida, el Gobierno Autónomo Departamental/Municipal, tramitará la Ley respectiva para cumplir con los restantes requisitos conforme lo siguiente
ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital.
Llenar el Formulario Virtual de Inscripción incluyendo el cargado del/los documentos de soporte en formato PDF, posteriormente apersonarse a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida, misma que debe ser coincidente con en el PDF.
Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se inscribe el trámite. En caso de existir observaciones, éstas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de «OBSERVADOS» las mismas que serán descritas en detalle.
Cuando la observación corresponda a los documentos notaríales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:
- Cargar en formato PDF el/los Documento/s, subsanados.
Para este caso, debe realizar el pago por la nueva publicación del documento en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio y posteriormente, presentar la documentación en físico en cualquiera de las Plataformas del SEPREC a nivel nacional, misma que debe ser coincidente con en el PDF.
Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea y posteriormente apersonarse por plataforma para su reingreso o solicitarlo mediante la línea gratuita de atención al usuario del SEPREC.
Posteriormente se procederá al análisis legal para su inscripción u observación según corresponda.
El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.
Certificado de Matrícula de Comercio.
Certificado de Registro de Constitución.
Certificado de Registro de Testimonio de Poder (Todos con código de validación QR y demás medidas de seguridad).
24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.
Empresa Pública Departamental Mixta, Empresa Pública Municipal Mixta:
Bs1753 (Un mil setecientos cincuenta y tres 00/100 Bolivianos).
Publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio:
Bs192,00 (Ciento noventa y dos 00/100 Bolivianos).
