Trámite
N° 47

Cambio de sistema contable

Este trámite se refiere al cambio que puede optar la sociedad comercial o comerciante individual en el manejo del sistema contable que obligatoriamente debe llevar, a fin de obtener del Registro de Comercio la autorización para que sus asientos y anotaciones se realicen con el uso y empleo de medios mecánicos o electrónicos sobre hojas removibles o tarjetas.

Este cambio se encuentra regulado en el Código de Comercio, en su Art. 40.

La Resolución Administrativa SEPREC N° 024/2022 de fecha 28 de marzo de 2022 emitida por el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio – SEPREC, regula el presente trámite

REQUISITOS TRÁMITE VIRTUAL:

    1. Formulario web de Solicitud de registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el propietario o representante legal y con aprobación vía ciudadanía digital.
    2. Cargar en formato PDF el informe elaborado por el auditor, contador o empresa, que diseñó el sistema contable que contenga la siguiente información:
      • Descripción sucinta del sistema módulos y opciones.
      • Plan de cuentas.
      • Descripción de centros de costos (en caso de no contar con centros de costos, se debe hacer constar a través de una nota elaborada al efecto).
      • Manual de operaciones.
      • Formato del listado del libro de ventas y compras IVA.
    3. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial o la empresa unipersonal cuente con la Matrícula de Comercio actualizada.

PROCEDIMIENTO ÚNICO TRÁMITE VIRTUAL

Ingresar al portal web del SEPREC, obtener credenciales de acceso vía ciudadanía digital, seleccionar el tipo de trámite, llenar el formulario virtual de inscripción, aprobar el formulario vía ciudadanía digital y generar el código de trámite y código de pago. Posteriormente cancelar el costo del trámite y publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio ya sea en línea a través de cualquier medio disponible o de manera física en los puntos autorizados del Registro de Comercio. 

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio verificará el llenado del formulario virtual de solicitud de registro, los documentos cargados en PDF y si corresponde procederá al registro respectivo.

El usuario podrá descargar el certificado desde la sección «Mis certificados» del Sistema del Registro de Comercio Plurinacional-RECOP o imprimir el certificado en las terminales de impresión a nivel nacional del Registro de Comercio. 

En caso que se adviertan observaciones, se enviarán las mismas a través del sistema a la bandeja de «Observados» en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse, pudiendo reingresar el trámite subsanado en línea.

Certificado de Resolución de Autorización de Cambio de Sistema Contable. (Con código de validación QR).

24 horas, tomando en cuenta que el cómputo del plazo del trámite en línea será en días hábiles a partir del pago.

Empresa Unipersonal: Bs. 78. (Setenta y Ocho 00/100 bolivianos)

S.R.L./Soc. Colectiva y en Comandita Simple: Bs. 136,50. (Ciento Treinta y Seis 50/100 bolivianos)

S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 175. (Ciento Setenta y Cinco 00/100 bolivianos)