Trámite 45- Cierre de Sucursal de Empresa Unipersonal, Sociedad Comercial Constituida en Bolivia y/o Cierre de Agencia de Entidad Financiera
Acto por el cual la empresa unipersonal o sociedad voluntariamente determina el cierre de la(s) sucursal(es) o agencia(s) de entidades financieras.
D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio:
Art. 29 núm. 6) y Art. 30.
REQUISITOS TRÁMITE PRESENCIAL:
- Formulario virtual de registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal y con aprobación vía ciudadanía digital.
- Copia legalizada notarial en la que conste la transcripción del acta correspondiente de aprobación del cierre de sucursal de sociedad comercial constituida en Bolivia o del cierre de la agencia bancaria y de entidades financieras.
- En caso de ser sociedad regulada por Ley, al momento de llenar el formulario virtual de inscripción, cargar en formato PDF de la autorización emitida por el ente regulador.
- Realizar el pago correspondiente del trámite a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto
- Contar con la Matrícula de Comercio renovada.
EMPRESAS UNIPERSONALES:
- Formulario virtual de registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el propietario o Representante Legal y con aprobación vía ciudadanía digital.
- Realizar el pago correspondiente del trámite a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto
- Contar con la Matrícula de Comercio renovada.
REQUISITOS TRÁMITE VIRTUAL:
- Formulario virtual de registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal y con aprobación vía ciudadanía digital.
- Obtener en formato PDF la Copia legalizada notarial con firma digital del Notario de Fe Pública, en la que conste la transcripción del acta correspondiente de aprobación del cierre de sucursal de sociedad comercial constituida en Bolivia o del cierre de la agencia bancaria y de entidades financieras.
- En caso de ser sociedad regulada por Ley, al momento de llenar el formulario virtual de inscripción, cargar en formato PDF de la autorización emitida por el ente regulador.
- Realizar el pago correspondiente del trámite a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto
- Contar con la Matrícula de Comercio renovada.
EMPRESAS UNIPERSONALES:
- Formulario virtual de registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el propietario o Representante Legal y con aprobación vía ciudadanía digital.
- Realizar el pago correspondiente del trámite a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Contar con la Matrícula de Comercio renovada.
PROCEDIMIENTO TRÁMITE VIRTUAL
Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Propietario o Representante Legal, vía ciudadanía digital .
Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro y obtener el/los documentos de soporte del SINPLU, según corresponda y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.
Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:
- Obtener en formato PDF el Documento Notarial con firma digital del Notario de Fe Pública, subsanado mediante nota marginal.
- Obtener en formato PDF el nuevo Documento Notarial con firma digital del Notario de Fe Pública, que subsane lo observado.
Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea para su reingreso.
Posteriormente se procederá al análisis legal para su registro u observación según corresponda.
El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.
Certificado de Cierre de Sucursal de Empresa Unipersonal/Sociedad Comercial. (Con código de validación QR).
Presencial: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.
Virtual: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha desde el llenado del formulario virtual de registro
Empresa Unipersonal: Bs 272. (Doscientos setenta y dos 00/100 bolivianos).
Sociedad de Responsabilidad Limitada/Sociedad Colectiva y en Comandita Simple: Bs 680,50. (Seiscientos Ochenta 50/100 bolivianos).
Sociedad Anónima/Sociedad Anónima Mixta, Sociedad en Comandita por Acciones, Entidad Financiera de Vivienda: Bs 875. (Ochocientos Setenta y Cinco 00/100 bolivianos).