Trámite 39- Emisión de Bonos
Artículos 642 al 681.
Decreto Supremo No. 25863 de 27 de julio de 2000:
Artículos 8 al 10.
- Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Propietario con aprobación vía ciudadanía digital.
- Testimonio de Escritura Pública de Declaración Unilateral de Voluntad para la Emisión de Bonos, que contenga la transcripción del acta de la junta general extraordinaria de accionistas en caso de sociedades anónimas, asamblea de socios en caso de sociedades de responsabilidad limitada y asamblea general extraordinaria para entidades financieras de vivienda, que autorice la emisión de bonos.
- Contar con la Matrícula de Comercio renovada.
- Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
- Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el solicitante.
- Testimonio de Escritura Pública de Declaración Unilateral de Voluntad para la emisión de bonos, que contenga la transcripción del acta del máximo organismo de decisión de la entidad emisora, que autorice la emisión de bonos.
- Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
- Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Propietario con aprobación vía ciudadanía digital.
- Obtener el Testimonio de Escritura Pública de Declaración Unilateral de Voluntad para la Emisión de Bonos con firma digital del Notario de Fe Pública del SINPLU, que contenga la transcripción del acta de la junta general extraordinaria de accionistas en caso de sociedades anónimas, asamblea de socios en caso de sociedades de responsabilidad limitada y asamblea general extraordinaria para entidades financieras de vivienda, que autorice la emisión de bonos.
- Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto
- Contar con la Matrícula de Comercio renovada.
- Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el solicitante, sin ciudadanía digital.
- Obtener Testimonio de Escritura Pública de Declaración Unilateral de Voluntad para la emisión de bonos con firma digital del Notario de Fe Pública del SINPLU, que contenga la transcripción del acta del máximo organismo de decisión de la entidad emisora, que autorice la emisión de bonos.
- Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto
Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital .
Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro y cargar el/los documentos de soporte según corresponda, y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Realizado el pago, el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida.
Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.
Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:
- Cargar en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública, subsanado mediante nota marginal.
- Cargar en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública que subsane lo observado.
Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea y posteriormente apersonarse por plataforma para su reingreso o solicitarlo mediante la línea gratuita de atención al usuario del SEPREC.
Posteriormente se procederá al análisis legal para su registro u observación según corresponda.
El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.
PROCEDIMIENTO TRÁMITE VIRTUAL
Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital .
Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro y obtener el/los documentos de soporte del SINPLU, según corresponda y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.
Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:
- Obtener en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública con firma digital del Notario de Fe Pública, subsanado mediante nota marginal.
- Obtener en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública con firma digital del Notario de Fe Pública, que subsane lo observado.
Posteriormente se procederá al análisis legal para su registro u observación según corresponda.
El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.
Virtual: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su pago.
Bs 1.575,00 (Mil Quinientos Setenta y Cinco 00/100 bolivianos).
IFD: Bs 1.575,00 (Mil Quinientos Setenta y Cinco 00/100 bolivianos).