Trámite 34- Registro de Resolucion Administrativa

Acto administrativo o Dictamen emitido por autoridad competente, que se encuentren vinculados a Empresas Unipersonales y/o Sociedades Comerciales.

D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio.

Artículo 29 núm. 11.

  1. Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el solicitante.
  2. Dictamen, Resolución Administrativa o Testimonio Notarial de la misma, en original o fotocopia legalizada legible.
  3.  

Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo bajo la modalidad “sin ciudadanía digital”.

Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro, y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.

Realizado el pago, el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida.

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS”, cuando la observación emerja de los documentos se realiza la devolución de los mismos en Plataforma

El usuario podrá obtener su certificado, descargando el mismo de su correo electrónico declarado en el formulario virtual de registro.

Certificado de Registro de Resolución Administrativa. (Con código de validación QR).

Presencial: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.

Empresa Unipersonal:

Bs78,00 (Setenta y Ocho 00/100 bolivianos).

Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva y Sociedad Comandita Simple: Bs136,50 (Ciento treinta y seis 50/100 bolivianos).

Sociedad Anónima, Sociedad de Economía Mixta y Sociedad en Comandita por Acciones: Bs175,00 (Ciento setenta y cinco 00/100 bolivianos).

6786 6784 6782 6780 6778 6776 6774 6772 6770 6768 6788 6763 6753