Trámite 33- Emancipaciones y/o Habilitaciones
Artículos 13, 29 numeral 2.
D.L. No. 16833 de 19 de julio de 1979:
Artículo 28
- Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el solicitante, sin ciudadanía digital
- Testimonio Judicial u Oficio que contenga la Resolución expresa que dispone la Emancipación o habilitación a los menores para ejercer el comercio, en original o copia legalizada legible.
- Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro, y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Realizado el pago, el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida.
Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS”, cuando la observación emerja de los documentos se realiza la devolución de los mismos en Plataforma.
El usuario podrá obtener su certificado, descargando el mismo de su correo electrónico declarado en el formulario virtual de registro.
Bs78,00 (Setenta y Ocho 00/100 bolivianos).
Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva y Sociedad Comandita Simple:
Bs136,50 (Ciento treinta y seis 50/100 bolivianos).
Sociedad Anónima, Sociedad de Economía Mixta y Sociedad en Comandita por Acciones:
Bs175,00 (Ciento setenta y cinco 00/100 bolivianos).