Trámite 28- Concurso Preventivo

Proceso Judicial que tiene por objeto evitar la quiebra del comerciante y posibilitar a determinados acreedores privilegiados perseguir el cobro de sus créditos en forma conjunta con otros en similar circunstancia, a los fines de establecer un acuerdo de pago con la Empresa Unipersonal o Sociedad Comercial insolvente.

D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio:

Artículos 1487 al 1541.

  1. Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el solicitante, sin ciudadanía digital.
  2. Testimonio Judicial que contenga la Resolución que admita el procedimiento del Concurso Preventivo, en original o fotocopia legalizada legible o Testimonio Judicial que contenga las Resoluciones de cualquiera de los siguientes documentos, en original o fotocopia legalizada legible:
  • Resolución Judicial que homologue las deliberaciones de la Junta de Acreedores conteniendo el Acta del convenio respectivo.
  • Resolución Judicial que dé por concluido el proceso del concurso.
  • Resolución Judicial por la que se declare la quiebra del comerciante.
  1. Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.

Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo  bajo la modalidad “sin ciudadanía digital”.

Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.

Realizado el pago, el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida.

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS”, cuando la observación emerja de los documentos se realiza la devolución de los mismos en Plataforma.

El usuario podrá obtener su certificado, descargando el mismo de su correo electrónico declarado en el Formulario Virtual de Registro.

Certificado de Registro de Resolución Judicial (Con código de validación QR).

Presencial: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.

Empresa Unipersonal:

Bs62,50 (Sesenta y dos 50/100 bolivianos).

Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva y Sociedad Comandita Simple: Bs109,00 (Ciento nueve 00/100 bolivianos).

Sociedad Anónima, Sociedad de Economía Mixta y Sociedad en Comandita por Acciones: Bs140,00 (Ciento cuarenta 00/100 bolivianos.

6786 6784 6782 6780 6778 6776 6774 6772 6770 6768 6788 6763 6753