Trámite 22- Registro de Contrato Comercial con Garantia Prendaria sin Desplazamiento (Gravamen Prendario), Modificación y/o Cancelación
Acto mediante el cual se gravan los bienes patrimoniales del Comerciante Individual/Empresa Unipersonal o Sociedad Comercial, a los fines de garantizar el cumplimiento de una obligación contenida en un Contrato Comercial; así como, la modificación y/o cancelación.
D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio:
Artículos 29 núm. 7), 887, 888.
D.L. No. 16833 de 19 de julio de 1979:
Artículo 47
REQUISITOS TRÁMITE PRESENCIAL
- Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Propietario o Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
- Testimonio de Escritura Pública de Contrato Comercial que contenga Garantía Prendaria sin Desplazamiento y la Constitución, Modificación y/o Cancelación del Gravamen, en original o fotocopia legalizada legible. En caso que se cuente además con garantía que afecte a bienes inmuebles de propiedad de la Empresa Unipersonal o Sociedad Comercial, deberá transcribirse el documento que acredite la inscripción en Derechos Reales.
- Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto
- Contar con la Matrícula de Comercio renovada.
REQUISITOS TRÁMITE VIRTUAL
- Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Propietario o Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
- Obtener la Escritura Pública de Contrato Comercial que contenga Garantía Prendaria sin Desplazamiento y la Constitución, Modificación y/o Cancelación del Gravamen, en formato PDF, con firma digital del Notario de Fe Publica, del SINPLU. En caso que se cuente además con garantía que afecte a bienes inmuebles de propiedad de la Empresa Unipersonal o Sociedad Comercial, deberá transcribirse el documento que acredite la inscripción en Derechos Reales.
- Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Contar con la Matrícula de Comercio renovada.
PROCEDIMIENTO TRÁMITE PRESENCIAL
Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital.
Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro y cargar el/los documentos de soporte según corresponda, y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Realizado el pago, el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida.
Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.
Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:
- Cargar en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública, subsanado mediante nota marginal.
- Cargar en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública que subsane lo observado.
En todos los casos deberá presentar la documentación en físico en Plataforma.
Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea y posteriormente apersonarse por plataforma para su reingreso o solicitarlo mediante la línea gratuita de atención al usuario del SEPREC.
Posteriormente se procederá al análisis legal para su registro u observación según corresponda.
El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.
PROCEDIMIENTO TRÁMITE VIRTUAL
Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Propietario o Representante Legal, vía ciudadanía digital .
Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro y obtener el/los documentos de soporte del SINPLU, según corresponda y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.
Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.
Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:
- Obtener en formato PDF el Testimonio de Escritura Pública con firma digital del Notario de Fe Pública, subsanado mediante nota marginal.
- Obtener en formato PDF el nuevo Testimonio de Escritura Pública con firma digital del Notario de Fe Pública, que subsane lo observado.
Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea para su reingreso.
Posteriormente se procederá al análisis legal para su registro u observación según corresponda.
El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.
Certificado de Registro de Constitución, Modificación y/o Cancelación de Gravamen de Garantía Prendaria sin desplazamiento.
(Con código de validación QR).
Presencial: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.
Virtual: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su pago.
Empresa Unipersonal:
Bs78,00 (Setenta y Ocho 00/100 bolivianos).
Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva y Sociedad Comandita Simple: Bs136,50 (Ciento Treinta y Seis 50/100 bolivianos).
Sociedad Anónima, Sociedad Anónima Mixta y Sociedad en Comandita por Acciones, Entidad Financiera de Vivienda, Sociedad Constituida en el Extranjero:
Bs175,00 (Ciento Setenta y Cinco 00/100 bolivianos).